La Ley de Vivienda (Ley 12/2023) entró en vigor el 26 de mayo de 2023, y trajo consigo cambios significativos en el mercado del alquiler de viviendas. En este artículo, analizaremos las claves más importantes de esta nueva normativa.
Clave 1: Grandes Tenedores de Vivienda y Zonas de Mercado de Tensión
La ley define a los «Grandes Tenedores» como personas o entidades que son propietarias de más de 10 inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500m² de uso residencial (excluyendo garajes y trasteros). Además, en las zonas declaradas como Mercado Residencial Tensionado (MRT) por las Comunidades Autónomas, aquellos que posean 5 o más inmuebles urbanos de uso residencial también se considerarán «Grandes Tenedores» en esa zona.
La declaración de zonas MRT depende de factores como la carga media del costo de hipoteca/alquiler en relación con la renta media de las familias o el crecimiento del precio de compra/alquiler en los últimos 5 años.
Clave 2: Efectos en los Contratos de Alquiler
La nueva ley introduce requisitos de información precontractual. Propietarios y agentes comerciales deben proporcionar información sobre la pertenencia a zonas MRT y la cuantía de la última renta vigente en los últimos 5 años, así como el valor actualizado de la renta, según el nuevo índice de referencia.
Clave 3: Limitación de Precios en los Nuevos Contratos
En las zonas MRT, los propietarios que han alquilado una vivienda en los últimos 5 años no pueden establecer una renta inicial superior a la del último contrato vigente, actualizada según la cláusula de actualización del contrato anterior. Excepciones incluyen la rehabilitación de la vivienda en los últimos 2 años o la duración del contrato por 10 o más años.
Además, se excluye el IPC como índice de referencia para la actualización de rentas. En su lugar, se establece un límite máximo de actualización de rentas basado en el índice de garantía de Competitividad. A partir de 2025, se creará un nuevo índice de referencia para la actualización de rentas.

Clave 4: Modificación de Duración y Prórrogas Forzosas
Se introducen prórrogas forzosas en caso de que los arrendatarios acrediten una situación de vulnerabilidad social y económica. Los Grandes Tenedores deberán aceptar una prórroga de 1 año adicional al periodo mínimo obligatorio de 5 o 7 años, o a la prórroga tácita de 3 anualidades. Los propietarios de viviendas en zonas MRT estarán obligados a aceptar una prórroga de hasta 3 años adicionales.
Clave 5: Modificaciones en los Procedimientos de Desahucio
Se modifican los procedimientos de desahucio de viviendas arrendadas. Los Grandes Tenedores deberán acreditar su condición al presentar una demanda. Además, se introducen requisitos y plazos de suspensión de los procedimientos de desahucio, ampliando los plazos y obligando a colaborar con las Administraciones públicas.
Las modificaciones no afectarán a los contratos de alquiler vigentes anteriores a la entrada en vigor de la ley, excepto en lo relacionado con la actualización de las rentas.
Conclusión
La nueva Ley de Vivienda (Ley 12/2023) trae cambios significativos en el mercado del alquiler de viviendas. Proporciona protección a los inquilinos y establece reglas claras para los propietarios. Es importante comprender estas claves para cumplir con las obligaciones y derechos establecidos en esta normativa. Si tienes alguna duda o necesitas asesoramiento legal en relación con esta ley, no dudes en contactar con nosotros.
Fuente: «Legal Today«
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